Convocatoria de Oposiciones Docentes 2025 [Actualizado]


La Junta de Andalucía ha publicado la convocatoria de oposiciones docentes para 2025, en la que se ofertan 3.276 plazas para el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

La distribuión de plazas por especialidad es la siguiente:

 

  • Inglés: 600 plazas
  • Geografía e Historia: 455 plazas
  • Informática: 428 plazas
  • Lengua Castellana y Literatura: 400 plazas
  • Matemáticas: 400 plazas
  • Biología y Geología: 379 plazas
  • Filosofía: 100 plazas
  • Economía: 90 plazas
  • Latín: 50 plazas
  • Griego: 20 plazas
  • Construcciones Civiles y Edificación: 15 plazas
  • Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos: 10 plazas
  • Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos: 10 plazas
  • Procesos de Producción Agraria: 20 plazas
  • Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico: 15 plazas

 

El proceso de inscripción estará abierto del 26 de febrero al 19 de marzo de 2025, y las solicitudes deberán tramitarse a través de la plataforma oficial de la Junta de Andalucía, a través del siguiente enlace.

 

Normativa de referencia:

Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Maestros.

Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

 

Dispensa y abstención del personal funcionario en los órganos de selección:

Quienes hubiesen actuado como miembros de los órganos de selección del último procedimiento selectivo celebrado para cada especialidad, podrán solicitar telemáticamente la exclusión del sorteo, a través del aplicativo dispuesto al efecto en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo del 3 al 14 de marzo (diez días hábiles).

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional podrá determinar las circunstancias en las que, por su situación administrativa o por imposibilidad material derivada de fuerza mayor, pueda concederse la dispensa de la participación en los órganos de selección.

En virtud de lo establecido en el artículo 8.4 del Reglamento de Ingreso, los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la presidencia del órgano al que pertenezcan y esta a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria, debiendo en este último caso acreditarlo fehacientemente.