Pruebas Extraordinarias para la obtención del título de ESO: requisitos y procedimiento [Actualizado]


Normativa de referencia:

Artículo 16.5 del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre.

Apartado decimosexto de la Instrucción conjunta 1/2022 de ESO sobre las pruebas o actividades  personalizadas extraordinarias.

Candidatos:

Alumnado de 4º que finalice sin título en la evaluación Ordinaria, que haya agotado todas las posibilidades de repetición y por tanto tenga 19 años o los cumpla antes de 31 de diciembre de ese año (superando en un año el límite máximo de edad establecido en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo), podrán presentarse en los dos cursos siguientes a través de pruebas o actividades personalizadas extraordinarias de las materias que no hayan superado.

Procedimiento:

Quienes cumplan los requisitos expuestos, podrán solicitar su participación en el último centro donde estuvieron escolarizados, cumplimentando el modelo que estará disponible en la administración del centro (solicitud general).

 

Plazo de solicitud: la inscripción deberá realizarse durante los diez últimos días naturales del mes de junio de cada año. Los aspirantes, retirarán el plan de recuperación durante los primeros 5 días naturales del mes de julio y se examinarán en los 5 primeros días de septiembre, mediante pruebas elaboradas por los Departamentos Didácticos.

 

El resultado de las pruebas deberá ser conocido por los interesados durante la primera quincena de septiembre.

 

Sesión de evaluación: de la sesión de evaluación se levantará acta, debiendo acudir a la misma el profesorado responsable de la evaluación de las materias pendientes y el jefe/a de estudios.

 

Finalmente, el Secretario/a, hará constar las calificaciones obtenidas en los documentos oficiales de evaluación, contando con el visto bueno del Director/a.