Con fecha 14 de Diciembre de 2022 se ha publicado en el BOJA, la Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se efectua la convocatoria pública de las Ayudas individualizadas para el transporte escolar en el curso académico 2021/2022.
La Ayuda Individualizada para el Transporte Escolar es un servicio complementario que consiste en una aportación económica destinada, en general, a financiar los gastos de transporte escolar a aquellos solicitantes que no puedan hacer uso de ninguna de las modalidades de prestación y organización del servicio, o bien que tengan que cubrir una distancia superior a dos kilómetros entre su domicilio y la parada de la ruta escolar correspondiente.
Asimismo, también serán objeto de esta ayuda el alumnado de bachillerato de la modalidad de artes o de ciclos formativos de Formación Profesional Inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en Centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.
Cuantía:
La cuantía de la ayuda individualizada de transporte será proporcional a la distancia recorrida desde el domicilio hasta la parada o hasta el Centro Educativo (sólo ida) y se establecerá anualmente por la Consejería de Educación. Para el curso 2017-2018 las cuantías establecidas fueron:
Requisitos:
Para ser persona beneficiaria de esta ayuda, es preciso encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
a) Ser alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Ciclo Formativo de Grado Medio o Superior de Formación Profesional Inicial en centros docentes sostenidos con fondos públicos y que está obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia, en la misma, de la etapa educativa correspondiente, o bien que resida en núcleos dispersos de población o en edificaciones diseminadas y que no pueda hacer uso del servicio complementario de transporte escolar en ninguna de las siguientes modalidades:
b) Alumnado beneficiario del servicio complementario de transporte escolar que tengan que cubrir una distancia superior a dos kilómetros entre su domicilio y la parada de la ruta escolar correspondiente.
c) Alumnado de bachillerato de la modalidad de artes o de ciclos formativos de Formación Profesional Inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en Centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.
No tendrá derecho a la percepción de esta ayuda el alumnado escolarizado en un centro distinto al asignado por la Administración Educativa, así como aquel que haya sido escolarizado considerando el domicilio laboral del padre, de la madre o de sus representantes legales. Asimismo también queda excluido del objeto de esta ayuda el alumnado matriculado en enseñanzas para personas adultas.
Plazo y solicitud:
El plazo de solicitudes será del 15 de diciembre de 2022 al 16 de enero de 2023.
Se realizará principalmente por vía telemática, a través del siguiente enlace: AQUÍ.