PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: AUXILIAR INFORMÁTICO
Los programas de cualificación profesional inicial
se establecen como una medida de atención a la diversidad que
debe contribuir a evitar el abandono escolar previo a la finalización
de la educación secundaria obligatoria, abriendo nuevas expectativas
de formación y dando acceso a una vida laboral cualificada a
aquellos jóvenes desescolarizados que se encuentran en situación
de desventaja sociolaboral y educativa, manteniendo abierta, al mismo
tiempo, la posibilidad de obtención de la titulación básica
para todos ellos.
Nuestro Instituto ofrece desde el curso 2008/2009 el P.C.P.I.
Auxiliar Informático.
La normativa que regula este P.C.P.I. es la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, (L.O.E.), y la Orden y Resolución que la
desarrollan en Andalucía:
- Orden de 24 de junio de 2008, por la que se regulan los programas
de cualificación profesional inicial (BOJA de 7-8-2008).
- Resolución de 18 de agosto de 2008, de la Dirección
General de Formación Profesional y Educación Permanente,
por la que se establece el perfil profesional de Auxiliar Informático
y el currículo de los módulos específicos del Programa
de Cualificación Profesional Inicial correspondiente. (BOJA de
2-9-2008)
Los objetivos de éste y de todos los programas de
cualificación profesional inicial son los siguientes:
- Ampliar las competencias básicas del alumnado para proseguir
estudios en las diferentes enseñanzas.
- Permitir que el alumnado alcance las competencias profesionales
propias de una cualificación de nivel uno de la estructura
actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
creado por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones
y de la Formación Profesional.
- Dotar al alumnado de posibilidades reales para una inserción
sociolaboral satisfactoria.
Requisitos de acceso a un P.C.P.I.
Podrán incorporarse a los programas de cualificación
profesional inicial las personas que se encuentren en alguno de
los siguientes casos:
- Jóvenes menores de 21 años que cumplan al menos 16 en el año natural
de comienzo del programa y no hayan obtenido el título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria.
- Jóvenes menores de 22 años que cumplan al menos 16
en el año natural de comienzo del programa y estén diagnosticados
como de necesidades educativas especiales debidas a diferentes grados
y tipos de capacidades personales de orden físico, psíquico,
cognitivo o sensorial y no hayan obtenido el título de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria;
- Excepcionalmente y con el acuerdo del alumno o alumna y sus padres
o tutores legales, podrán incorporarse jóvenes de 15 años
de edad cumplidos en el año natural de iniciación del
programa que, habiendo realizado el segundo curso de la educación
secundaria obligatoria, no estén en condiciones de promocionar
al tercer curso y hayan repetido ya una vez en esta etapa. En todo caso
su incorporación requerirá la evaluación académica
del equipo docente, la evaluación psicopedagógica del
orientador u orientadora del centro y el compromiso del alumno o alumna
a cursar los módulos voluntarios del programa.
Estructura del P.C.P.I. Auxiliar Informático
Los programas de cualificación profesional inicial
incluyen tres tipos de módulos: módulos específicos,
módulos de formación general y módulos conducentes
a la obtención del título de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria con una carga horaria total de 1800 horas distribuida
en dos cursos con un mínimo de 900 horas cada uno.
Los dos primeros, que se realizan el primer año, son obligatorios
para el alumnado y los terceros tienen carácter voluntario y
se realizarían el segundo año.
Los módulos obligatorios (1º curso),
que habrán de ser cursados por todo el alumnado, serán los siguientes:
a) Módulos específicos, que desarrollarán las
competencias del perfil profesional, estarán referidos a las unidades
de competencia de nivel uno del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
e incluirán un módulo de formación en centros de trabajo, cuyo objetivo
es integrar y complementar las competencias profesionales, personales
y sociales desarrolladas en el centro educativo y dar a conocer al alumnado
el mundo laboral.
Los módulos específicos correspondientes al P.C.P.I. Auxiliar Informático son:
- Montaje de sistemas y componentes informáticos (5 horas semanales).
- Mantenimiento de sistemas y componentes informáticos (8 horas semanales):
- Operaciones auxiliares con tecnologías de la información y comunicación
(5 horas semanales).
- Formación en centros de trabajo (100 horas totales durante los
meses de mayo y junio aproximadamente, si se han superado los módulos
obligatorios restantes)
b)
Módulos de formación general, que tendrán
como objetivo desarrollar las competencias básicas a través de metodologías
que supongan la participación activa del alumnado en los procesos de aprendizaje,
así como favorecer la transición desde el sistema educativo al mundo laboral.
Los módulos
de formación general serán los siguientes:
- 1.º Módulo de proyecto emprendedor (5 horas semanales).
- 2.º Módulo de participación y ciudadanía (4 horas semanales).
- 3.º Módulo de libre configuración (2 horas semanales).
El alumnado tiene también una hora de tutoría lectiva semanal
en el 1º y el 2º curso del Programa.
Los módulos voluntarios (2º curso) que
conducen a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria, se organizan en torno a los tres ámbitos establecidos en
el artículo 22.7 del Decreto 231/2007, de 31 de julio, y son los siguientes:
- a) Módulo de comunicación (10 horas), que tiene como referente
el ámbito de comunicación y que incluye los aspectos básicos del currículo
de las materias de Lengua castellana y literatura y Primera lengua
extranjera de la educación secundaria obligatoria.
- b) Módulo social (5 horas), que tiene como referente el ámbito
social y que incluye los aspectos básicos del currículo de las materias
de Ciencias sociales, Geografía e historia, Educación para la ciudadanía
y los derechos humanos y los aspectos de percepción recogidos en el
currículo de Educación plástica y visual y Música de la educación
secundaria obligatoria.
- c) Módulo científico-tecnológico (14 horas, de las cuales 4 se dedicarán
al Proyecto Técnico), que tiene como referente el ámbito científico-
tecnológico y que incluye los aspectos básicos del currículo de las
materias de Ciencias de la naturaleza, Matemáticas, Tecnología y los
aspectos relacionados con la salud y el medio natural del currículo
de Educación física de la educación secundaria obligatoria.
Evaluación y calificación.
La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado
de los módulos obligatorios de los programas de cualificación
profesional inicial será continua, siendo los criterios de evaluación el referente fundamental para valorar la adquisición de
competencias básicas y profesionales.
Sobre la evaluación y calificación de los módulos
obligatorios conviene tener en cuenta las siguientes cuestiones:
- Antes del comienzo del módulo de formación en centros de trabajo,
el equipo docente celebrará una sesión de evaluación en la que valorará
el proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y decidirá quiénes
por haber superado todos los módulos obligatorios pueden realizar
dicha fase y, en su caso, quiénes deben permanecer en el aula reforzando
las competencias básicas o profesionales.
- Una vez finalizado el módulo de formación en centros
de trabajo, el equipo docente llevará a cabo la evaluación final
del primer curso del programa y la calificación del mismo. El
alumnado recibirá una calificación numérica, sin emplear decimales,
en una escala de uno a diez para cada uno de los módulos
de formación general y específicos, excepto el módulo
de formación en centros de trabajo, que se calificará como
apto o no apto. Se considerará superado un módulo cuando la
calificación sea igual o superior a cinco.
- El alumnado superará el primer curso del programa de
cualificación profesional inicial cuando obtenga la calificación
de apto en el módulo de formación en centros de trabajo y
supere todos los demás módulos que lo integran
- Cuando un alumno o alumna no haya superado el primer
curso del programa, podrá repetirlo una sola vez, debiendo
en este caso volver a cursar la totalidad de sus módulos. El
alumnado con necesidades educativas especiales debidas a
diferentes grados y tipos de capacidades personales de orden
físico, psíquico, cognitivo o sensorial, podrá permanecer en el
primer curso del programa un curso más, hasta tres como
máximo, si así lo estima conveniente el equipo docente.
- Un alumno o alumna que haya superado el primer
curso de un programa de cualificación profesional inicial no
podrá volver a matricularse en el primer curso de otro programa.
Sobre la calificación y evaluación de los módulos
voluntarios conviene tener en cuenta:
- La evaluación del proceso de aprendizaje y la calificación de los
módulos voluntarios de los programas de cualificación profesional
inicial se llevarán a cabo conforme a lo establecido en la Orden de
10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la
evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria
obligatoria en la Comunidad autónoma de Andalucía.
- El alumnado que no supere todos los módulos podrá repetir, por una
sola vez, el módulo o módulos que no haya superado.
Titulación
y certificación.
Cuando un alumno o alumna haya superado todos los módulos
que integran un programa de cualificación profesional inicial será propuesto
para el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Caso de no obtener la titulación, el alumno o alumna que haya
cursado los módulos voluntarios de un programa recibirá una certificación
de los módulos superados, a los oportunos efectos de equivalencias y
exenciones
El alumnado que supere los módulos obligatorios (1º
curso) de un programa de cualificación profesional inicial obtendrá
una certificación académica que tendrá efectos de acreditación de las
competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional
de Cualificaciones y Formación Profesional, pudiendo el alumnado solicitar
la convalidación para la obtención del correspondiente certificado de
profesionalidad.