Los estudios de Bachillerato constituyen una etapa, a continuación de la E.S.O., que tiene caracter voluntario frente al obligatoro de la E.S.O., y cuya duración es de dos cursos académicos.
La normativa que regula el Bachillerato es la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, (L.O.E.), y los Decretos y Órdenes que
la desarrollan:
- Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece
la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas. (BOE
6/11/2007)
- Decreto 416/2008, de 22 de julio, por el que se establece la ordenación
y las enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía. (BOJA
28/7/2008).
- Orden de 5/8/2008, por el que se desarrolla el currículo correspondiente
al Bachillerato en Andalucía. (BOJA 26-8-2008)
- Orden de 15-12-2008, por la que se establece la ordenación de la evaluación
del proceso de aprendizaje del alumnado de bachillerato en la Comunidad
Autónoma de Andalucía (BOJA de 5-1-2009).
- Instrucciones de 16-6-2009, de la Dirección General de Ordenación
y Evaluación Educativa, sobre la permanencia en el primer curso de bachillerato
del alumnado con tres o cuatro materias no superadas.
El I.E.S. Monterroso ofrece dos modalidades de Bachillerato:
Podrán acceder al Bachillerato aquellos alumnos que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Al terminar los estudios de Bachillerato, el alumno consigue el Titulo de Bachillerato. Este título le abre las siguientes posibilidades:
En el Bachillerato L.O.E. se presentan tres modalidades: Ciencias y Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales y Arte. Nuestro Centro oferta las dos primeras.
Las materias que se estudian en estas modalidades pueden ser de tres
tipos:
| Primer Curso | Segundo Curso |
| Lengua Castellana y Literatura I | Lengua Castellana y Literatura II |
| Lengua Extranjera I | Lengua Extranjera II |
| Filosofía y Ciudadanía | Historia de la Filosofía |
| Ciencias para el Mundo Contemporáneo | Historia de España |
| Educación Física | Religión o Alternativa |
| Religión o Alternativa | |
| Segunda Lengua Extranjera (asignatura optativa obligatoria en Andalucía) |
Como Lengua Extranjera (Primer Idioma), nuestro Instituto oferta: Inglés y Francés.
Aunque tiene la consideración de Asignatura Optativa, en Andalucía el 2º Idioma Extranjero es obligatorio en 1º de Bachillerato LOE (y de oferta obligatoria en 2º de Bachillerato LOE). Nuestro Centro oferta: Inglés 2º Idioma, Francés 2º Idioma y Alemán 2º Idioma.
Aunque la obligatoriedad de cursar unas determinadas asignaturas según la modalidad se reducen en la normativa, nuestro Centro ha diseñado unas vías o itinerarios relacionados con las ramas del conocimiento en que se clasifican las distintas titulaciones universitarias. Así, las posibilidades de elección son:
| Primer Curso | Segundo Curso | ||
| Opcion 1. (Ciencias e Ingenieria) |
Opcion 2. (Ciencias de la Naturaleza y la Salud) |
Opcion 1. (Ciencias e Ingenieria) |
Opcion 2. (Ciencias de la Naturaleza y la Salud) |
| Dibujo Técnico I o Tecnología Industrial I | Biologia y Geología | Dibujo Técnico II o Química o Tecnología Industrial II | Química |
| Física y Química | Física y Química | Física | Biología |
| Matemáticas I | Matemáticas I | Matemáticas II | Matemáticas II |
| Primer Curso |
Segundo Curso |
||
| Opcion 1. (Humanidades) |
Opcion 2. (Ciencias Sociales y Jurídicas) |
Opcion 1. (Humanidades) |
Opcion 2. (Ciencias Sociales y Jurídicas) |
| Latín I | Matemáticas Aplicadas a las Cª. Sociales | Griego II | Economía y Organización de Empresas |
| Griego I | Economía | Historia del Arte | Geografía |
| Historia del Mundo Contemporáneo | Historia del Mundo Contemporáneo | Latín II | Matemáticas Aplicadas a las Cª. Sociales |
| Primer Curso | Segundo Curso |
| Segunda Lengua Extranjera I (asignatura optativa obligatoria en Andalucía) | Segunda Lengua Extranjera II ó |
| Taller T.I.C. ó | |
| Historia de la Música y la Danza ó | |
| Asignaturas de modalidad ó | |
| Asignaturas de libre configuración | |
| Proyecto Integrado | Proyecto Integrado |
Prueba de Acceso a la Universidad (SELECTIVIDAD)
La normativa que regula el acceso a la Universidad es:
# Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan
las condiciones para el acceso a la Universidad. (BOE 24-11-2008)
# Corrección de errores - Real Decreto 1892 (BOE 21-7-2009)
# Corrección de errores R.D. 1892 (BOE 28-3-2009)
# Parámetros de ponderación P.A.U. 2010
# Parámetros de ponderación P.A.U. 2011
# Parámetros de ponderación A.U. (Alumnado Ciclos Formativos)
# Adscripción Bachillerato-Universidad
# Orden EDU 268/2010 - Para evitar discriminación del alumnado
por cambios de adscripción (vías)
La prueba de acceso tiene por finalidad valorar, con carácter
objetivo, la madurez académica del estudiante, así como
los conocimientos y capacidades adquiridos en el Bachillerato y su capacidad
para seguir con éxito las enseñanzas universitarias oficiales
de Grado.
La valoración se expresará con una calificación numérica con dos cifras
decimales, que permitirá la ordenación de las solicitudes de admisión
para la adjudicación de plazas en la Universidad.
La prueba se realizará en la Universidad a la que está adscrito
el Instituto o Colegio en el que se hubiera obtenido el Título
de Bachillerato.
La P.A.U. se estructura en dos fases:
Fase general, que constará de cuatro ejercicios:
Cada ejercicio tendrá una duración máxima de hora y media con un intervalo mínimo de 45 minutos entre el final de un ejercicio y el inicio del siguiente.
Cada ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales, y la calificación de la fase general será la media aritmética de las calificaciones de los cuatro ejercicios.
Fase específica:
Cada estudiante podrá examinarse de cualquiera de las materias de modalidad de segundo de bachillerato, aunque no las haya cursado, distintas de la escogida en la fase general. Se considerará que la materia ha sido superada si obtiene una nota mayor o igual a 5.
Superación de la P.A.U.
Un estudiante habrá superado la Selectividad si obtiene una nota mayor o igual que 5 al realizar la media ponderada del 60% de la nota media de bachillerato y el 40% de la calificación de la fase general, y siempre que haya obtenido en dicha fase general una nota mínima de 4.
Para la adjudicación de plazas en la Universidad se tendrá en cuenta como nota de admisión la siguiente:
Nota de Admisión=0,6*Nota Media Bachillerato+0,4*Calificación Fase General+a*M1+b*M2 siendo:
Las calificaciones de las materias de la fase específica se sumarán siempre que dichas materias estén adscritas a la rama de conocimiento del título al que se quiera ser admitido, de acuerdo con la siguiente clasificación:
Materias de modalidad 2º Bachillerato |
Rama del conocimiento |
|
Artes y Humanidades |
|
Ciencias Sociales y Jurídicas |
|
Ciencias |
|
Ciencias de la Salud |
|
Ingeniería y Arquitectura |
Por tanto, un alumno puede obtener como nota de admisión un mínimo de 5 puntos y un máximo de 14 puntos.
Anualmente se celebrarán, al menos, dos convocatorias de prueba de acceso a la Universidad. Los estudiantes podrán presentarse en sucesivas convocatorias para mejorar la calificación de la fase general o de cualquiera de las materias de la fase específica. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria siempre que ésta sea superior a la anterior.
La superación de la fase general tendrá validez indefinida mientras que la calificación de las materias de la fase específica tendrá validez para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de la prueba.
Reclamaciones
Cada estudiante podrá presentar:
El ejercicio será corregido por un segundo corrector y la calificación será la media entre la primera y la segunda corrección. Si la diferencia entre la primera y la segunda corrección es de 2 o más puntos se realizará una tercera corrección y la calificación será la media de las tres correcciones.
Los ejercicios serán revisados con objeto de verificar si se han aplicado correctamente los criterios de evaluación y corrección y de comprobar si no existen errores en el proceso de cálculo de la calificación final.
Si se presenta reclamación no cabe solicitar segunda corrección. Si se solicita segunda corrección, posteriormente puede presentarse reclamación.
El estudiante tendrá derecho a ver el examen tras una segunda corrección, en el plazo de 5 días.
Información sobre el Acceso a la Universidad (Página web del Distrito Único Andaluz)